Todo lo que necesitas saber para homologar tu coche histórico.
Resuelve tus dudas para disfrutar cuanto antes de tu vehículo como histórico
¿Qué debo homologar en mi vehículo para convertirlo en un vehículo-histórico?
Existen dos condiciones indispensables para que un vehículo se pueda clasificar como vehículo histórico: la primera que debe contar con una antigüedad mínima de 30 años siempre contando desde la primera matriculación y la segunda que no haya sido transformado con piezas o kits distintos que modifiquen en algo su aspecto original, salido de fábrica.
También pueden acogerse a este régimen los vehículos de colección, aunque no tengan 30 años cumplidos, como ediciones muy limitadas -producción no seriada– o aquellos que por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial.
¿Qué es un vehículo histórico?
Basándonos en la normativa de aplicación actual, R.D. 1247/1995 del 14 de julio de 1995 por el que se aprueba el reglamento de vehículos históricos, y en este caso, afectado en su artículo 1.1 por la modificación según R.D 920/2017 del 23 de octubre, se define vehículo histórico como:
Artículo 1.1: «1. Los que reúnan todas las condiciones siguientes: a) Fue fabricado o matriculado por primera vez con una anterioridad de treinta años, como mínimo. b) Su tipo específico ha dejado de producirse. c) Está en su estado original y no ha sido sometido a ningún cambio fundamental en cuanto a sus características técnicas o componentes principales, como el motor, los frenos, la dirección, la suspensión o la carrocería.
Caso de estudio aparte, son aquellos vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados de interés cultural, o los llamados vehículos de colección.
¿Cuales son la ventajas de homologar un vehículo como histórico?
Al homologar un vehículo como histórico se puede decir que pasan a disfrutar de un cierto estatus de protección por parte del Estado. No se puede decir que las ventajas son muchas aunque esto sí depende de la situación particular del vehículo.
- Los vehículos históricos están exentos del impuesto de circulación. Aunque pueden haber algunas excepciones en función de la comunidad y municipio.
- Las pruebas de frenómetro, gases, ruidos y otras se ajustan a las exigidas en su día cuando se fabricó el vehículo.
- Todas las medidas de seguridad que en su día no estaban contempladas no son de obligación. Ej. El número de espejos de retrovisores, cinturones de seguridad, intermitentes…
¿Qué trámites debes hacer para convertir tu vehículo como uno histórico?
- Previa inspección en un laboratorio oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Se deberá tener en cuenta el empadronamiento del interesado para este trámite.
- Obtenida la resolución de catalogación como vehículo histórico, deberá acudir a ITV que elija, de cualquier comunidad, para realizar inspección técnica previa a su matriculación.
- Realizada inspección y con el favorable deberá acudir a jefatura provincial de tráfico para su matriculación como vehículo histórico.
¿Qué documentación es necesaria acreditar a nuestro Laboratorio?
1.Toda la documentación en su poder que acredite y defina las características técnicas del vehículo. A falta de dicha documentación, certificado de fabricante o, en su defecto, de un club o entidad, relacionado con vehículos históricos, el cual acreditará las características y autenticidad del vehículo.
2. Si el vehículo hubiera estado matriculado anteriormente en España, deberá acompañarse, asimismo, fotocopia cotejada del certificado de características técnicas del vehículo y del permiso de circulación o, en su defecto, certificación del tal circunstancia, expedida por la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
3. Informe del fabricante, entidad o club relacionado con vehículos históricos, que expresará la razón por la que podría procederse a la catalogación del vehículo como histórico, precisando cuál o cuáles de las posibilidades recogidas en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 1 del Real Decreto debe ser determinante de dicha catalogación.
4. Ficha reducida de características, emitida por el fabricante, entidad o club relacionado con vehículos históricos, confeccionada según lo establecido en la legislación vigente sobre homologación de tipo de vehículos (Real Decreto 750/2010).
5. En el caso de vehículos que no tengan grabado el número de chasis, el Laboratorio Oficial, previas las comprobaciones legalmente establecidas, procederá a troquelar un número de identificación que constará en un registro único abierto por aquél a tal efecto. Este punto requiere de estudio previo.
6. Justificante del pago de la tasa correspondiente por la tramitación del expediente de catalogación. Esta tasa no incluye los servicios prestados por los laboratorios, clubes, entidades, fabricantes y estaciones de ITV.
De los puntos anteriores, PYH Ingeniería, Laboratorio de Vehículos históricos, para agilizar el trámite puede incluir a petición del interesado, – en el informe de laboratorio -, los siguientes documentos:
– Ficha reducida. (Se aconseja sea nuestro laboratorio quien redacte y elabore la ficha para evitar valores y descripciones incorrectas)
– Informe de fabricante, entidad o club, que podremos emitir al ser considerados entidades relacionadas con vehículos históricos.
– La obtención de informes de matrícula de vehículo en situación de baja administrativa; pago de tasa correspondiente para la catalogación del vehículo, siendo esta tasa variable en función de la comunidad autónoma donde se realice la catalogación.
Haznos llegar tus dudas sobre lo que quieres instalar y te responderemos a la mayor brevedad posible.